ORDENANZA Nº 2.171

PROMULGADA POR EL D.E.M. DE FECHA 03 DE JUNIO DE 2022 

“2022 - 40  AÑOS DEL VETERANO Y DE LOS CAÍDOS EN LA GUERRA DE MALVINAS”

 

V I S T O: 

El Expediente Nº 3.193/22 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre “COLOCACIÓN DE SEMAFOROS EN INTERSECCIÓN CALLE JUJUY Y PIRAGINE NIVEYRO”. Y; ; ;

 

C O N S I D E R A N D O:

La necesidad de ordenar el tránsito de la ciudad de Goya.

Que es un deber de la municipalidad brindar condiciones óptimas de circulación por las distintas arterias de la ciudad. 

Que el Reglamento Municipal de Tránsito establece como principal fin la seguridad y luego fluidez del tránsito. 

Que la Ley Nacional de Tránsito 24.449 establece que es el Estado (en este caso el Municipio) quien debe garantizar la transitabilidad por las calles.

Que ya hay antecedentes de Ordenanzas que contemplan la colocación de semáforos y reductores de velocidad en distintos lugares de esta ciudad.

Que se fundamenta la colocación del semáforo, en que la Piragine Niveyro resulta ser uno de los accesos principales a nuestra ciudad.

Que cerca de la intersección donde se propone colocar el semáforo, se ubican la escuela primaria 207, la guardería Mama Perla – SURSUM y resulta ser una intersección muy transitada, en la cual se produjeron numerosos accidentes.

Que por otra parte es una zona muy densamente poblada, siendo la calle Jujuy la única asfaltada en ese sector, que atraviesa la ciudad de Norte a Sur, desde Avda. Mazzantti, hasta Neustad.

Que es preciso tomar medidas para evitar accidentes de tránsito en este lugar, dónde transitan vehículos de todo tipo de tamaño, de menor y gran porte.

Que desde este cuerpo debemos velar siempre por el bienestar de los ciudadanos y de aquellos que nos visitan.

Por todo ello.

 

LA MUNICIPALIDAD DE  LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

O R D E N A:

 

ARTÍCULO 1º: COLOCAR, un semáforo de cuatro tiempos en la intersección de Jujuy y Piragine Niveyro.

ARTÍCULO 2º: El Departamento Ejecutivo Municipal afectará las Partidas correspondientes para su implementación.

 

ARTÍCULO 3: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHÍVESE.

Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los un día del mes de junio de dos mil veintidós.

 

n.r.

 

Copyright © 2008 - 2024 | Honorable Concejo Deliberante. Diseño: IN-CO-NE - Goya (Ctes.)