ORDENANZA Nº 1.108

Promulgada por Resolución Nº 3.290 del D.E.M. DE FECHA 07-NOV-02

 
V I S T O:
 
El Expte.Nº 988/02 del H. Concejo Deliberante, que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre CESION EN COMODATO A LA ASOCIACION CORRENTINA DE PEQUEÑOS PRODUCTORES, en representación de un grupo Productores de la Zona, del predio Municipal ubicado en Paraje San Pedro, segunda Sección del Departamento de Goya. Y;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;
 
C O N S I D E R A N D O:
 
Que, dicho predio fue solicitado por productores del Paraje “Granja Amelia”, segunda Sección del Departamento de Goya, avalados por la Asociación Correntina de Pequeños Productores y que cuentan con la asistencia de ACODECO .-
Que, el predio solicitado fue adquirido por el MUNICIPIO para destinarlo a depósito de los residuos domiciliarios, y eventualmente, la instalación de una Planta de Tratamiento de Residuos.-
Que, dichos objetivos aún no han sido cumplidos, por lo que el predio en cuestión no tiene en la actualidad, ninguna utilización productiva.-
Que el pedido efectuado por los pobladores de la zona no implica una asignación definitiva sino una utilización transitoria en actividades productivas no industriales.-
Que, los solicitantes pretenden, a través de actividades productivas que se desarrollarían en dicho predio, mejorar los ingresos familiares, ya que además de satisfacer el autoconsumo, producirán insumos para sus actividades y destinarían los excedentes a la comercialización en el mercado local.-
Que, los solicitantes tiene experiencia y disponen de las herramientas y los insumos necesarios para desarrollar las actividades productivas en el predio.-
Que, además, cuentan con el aval y respaldo de la O.N.G. denominada Asociación Correntina para el Desarrollo Comunitario (ACODECO) con muchos años asesorando a pequeños grupos de productores en distintos sectores de la Provincia de Corrientes.-
Que, está vigente la Resolución Nº 1.478 del 30 de Enero de 2.002 de este H. Concejo Deliberante, que declara de Interés Municipal las actividades desarrolladas por los grupos identificados con la economía social, como es el caso de los solicitantes.- 
 
Por todo ello;
 
 
LA MUNICIPALIDAD DE GOYA REUNIDA EN CONCEJO
 
O R D E N A :
 
ARTICULO 1º.- AUTORIZAR la cesión en comodato a la Asociación Correntina de Pequeños Productores, la que actúa en nombre y representación de pobladores del Paraje “Granja Amelia”, Segunda Sección Goya, el predio ubicado sobre ex ruta Provincial Nº 27 en Colonia Vilas, Tercera Sección del Departamento de Goya, según plano de mensura elaborado por el Agrimensor Roque Canteros.-
 
ARTICULO 2º.- EL COMODATO se establecerá por el plazo de un año, con posibilidad de renovación por otro año más, las mejoras introducidas serán a favor del comodante y una vez finalizado el mismo, no habrá derecho a indemnización alguna.-   
 
ARTICULO 3º.- EL PREDIO sujeto a comodato, deberá ser destinado exclusivamente a desarrollar actividades productivas previstas en el Proyecto que los comodatarios presentaron con el aval técnico de ACODECO y que forma parte de los antecedentes de la presente Ordenanza.-
 
ARTICULO 4º.- EL CONTRATO DE COMODATO deberá ser elaborado por la Asesoría Letrada del Municipio y suscripto por el Departamento Ejecutivo Municipal, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en las cláusulas anteriores, el que preverá la cláusula de rescisión automática por parte del Municipio, con la única condición de ser comunicada con una anticipación de por lo menos, dos meses,  sin que genere ningún tipo de indemnización.-
 
ARTICULO 5º.- COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHIVESE.-
 
 Dado en el Salón de Sesiones del H. Concejo Deliberante a los cuatro días del mes de Setiembre de dos mil dos, aprobada en su primera lectura de acuerdo al Artículo 6 de la Carta Orgánica Municipal.-
 
 
 
Dr. GERARDO LUIS URQUIJO
                 Secretario
 
 
 
 
Dra. MARIA EUGENIA BALLARA
                  Presidente
Dado en el Salón de Sesiones del H. Concejo Deliberante, a lso veinticinco días del mes de Septiembre de dos mil dos, aprobada en su segunda lectura, de acuerdo al Artículo 6 de la Carta Orgánica Municipal.-
 
 
 
Dr. GERARDO LUIS URQUIJO
                 Secretario
 
 
 
 
Dra. MARIA EUGENIA BALLARA
                  Presidente
VETADA en su totalidad por Resolución Nº 3-068 del Departamento Ejecutivo Municipal, fechada el 10 de Octubre de 2.002 y APROBADA CON DOS TERCIOS DE LOS PRESENTES (Conforme a lo dispuesto por el Artículo 64 de la Carta Orgánica Municipal) en el Salón de Sesiones del H. Concejo Delñiberante, a los treinta días del mes de Octubre de dos mil dos.-
 
 
 
Dr. GERARDO LUIS URQUIJO
                 Secretario
 
 
 
 
Dra. MARIA EUGENIA BALLARA
                  Presidente
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