ORDENANZA Nº 782

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 19 DE MARZO DE 1997


Visto:

El Expediente Nº 481/96 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre regularización situación de Terrenos Municipales (adjudicación en venta al Sr. Daniel Bucaron); y,


Considerando:

El Expediente Nº 272/B/96 por el cual el Señor Daniel Bucaron solicita la compra del terreno donde se halla viviendo.

Que el inmueble solicitado se halla debidamente inscripto a nombre de la Municipalidad de Goya.

Que el solicitante se halla viviendo e introdujo mejoras en el respectivo inmueble (Lote).

Que se halla dentro de las condiciones establecidas dentro de la Ordenanza Municipal Nº 723/96.

Que de acuerdo a lo dictaminado por Asesoría Letrada no existe impedimento para lo solicitado.

Por todo ello, y en virtud a las disposiciones contenidas en la Carta Orgánica Municipal vigente:


                                    LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

Art. 1 - Adjudicar en venta al Sr. Daniel Bucaron D. N. I. Nº 17.263.655, soltero, domiciliado en calle Santiago Derqui Nº 837 de esta Ciudad; el Lote Nº 39 de la Manzana Nº 16, constante de 10,00 mts. de frente e igual contrafrente por 28,00 mts. de fondo e igual contrafondo; lindando al Norte con calle Santiago Derqui, al Sur con el Lote Nº 41, al Este Lote Nº 30 y al Oeste con el Lote Nº 28, con una superficie total de 279,60 mts.2, de acuerdo al Duplicado de Mensura Nº 3.045-N. Inscripto (dentro de una mayor extensión) en el Registro de la Propiedad Inmueble - Corrientes, en el Libro Diario Nº 13.390 Matrícula Nº 8.983, Departamento de Goya, en fecha 08/12/84; en la Dirección General de Catastro Corrientes, bajo Adrema I1-11325-1 (mayor extensión); y en Catastro Municipal Tº 49, Fº 20.751 Año 1.985.

Art. 2 - El precio de venta y condiciones de pago deberá ajustarse a lo establecido en el artículo 5 de la Ordenanza Municipal Nº 723/96.

Art. 3 - La Municipalidad de Goya no responderá por evicción ni vicios redibitorios.

Art. 4 - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir el Contrato de Venta en la forma y condiciones establecidos en la presente Ordenanza, como así también agregar todo lo que sea en resguardo de los intereses municipales.

Art. 5 - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a Firmar la pertinente Escritura Traslativa de Dominio, una vez abonado el total del precio establecido.

Art. 6 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 19 días del mes de marzo de mil novecientos noventa y siete.

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