ORDENANZA Nº 161

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 14 DE NOVIEMBRE DE 1985
Visto:

La petición efectuada por el Concejo General de Educación de la Provincia, la existencia de deuda por falta de pago de Tasas de Retribución de Servicios y Alumbrado Público, sobre el inmueble ocupado actualmente por la Escuela Provincial Nº 601, ubicado en la Manzana Nº 124, dependiente del mencionado Consejo General; y,

 

Considerando:

Que el inmueble mencionado fue donado al Organismo encargado de impartir enseñanza primaria, originariamente de jurisdicción Nacional y posteriormente Provincial por transferencia de establecimientos educacionales, constituyendo el asiento de una Escuela desde su origen hasta la actualidad.

Que atendiendo al fin perseguido por el Organismo del cual depende la Escuela Nº 601, es criterio generalizado eximir del pago de todo gravamen al mismo, lo que constituye también una forma de contribuir a la enseñanza por parte del Municipio.

Por ello,

 

 

 

LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

 

ORDENA:

 

 

 

Art. 1 - Condonar la deuda que con este Municipio mantenga el inmueble asiento de la Escuela Provincial Nº 601, ubicado en la Manzana Nº 124 del Plano de esta Ciudad de Goya, dependiente del Consejo General de Educación de la Provincia de Corrientes, originada en falta de pago de Tasas de Retribución de Servicios.

 

 

Art. 2 -  Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, publíquese, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.

 

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 12 días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y cinco.

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