RESOLUCION N° 2.514

V I S T O:
El expediente Nº 2.179/13 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Resolución sobre “Honorable Concejo Deliberante en los Barrios”. Y ; ;

CONSIDERANDO:

La necesidad de generar una mayor vinculación entres las Instituciones Políticas y Legislativas de la ciudad de Goya permitiendo elevar la calidad del sistema democrático, el interés y participación ciudadana en la cosa pública.

Que es necesario dotar de instrumentos legislativos validos para que la ciudadanía toda de forma personal o a través de organizaciones intermedias, presente sus inquietudes y reclamos en forma de proyectos, siendo un actor valido y no un mero observador de las acciones de gobierno municipales.

Que es necesario hacer conocer y difundir a la ciudadanía de las tareas y funciones que realiza el Honorable Concejo Deliberante.

Que el objetivo del Proyecto es propiciar una mayor vinculación y proximidad entre los representantes del pueblo de la ciudad de Goya y los vecinos mediante el cual en las mismas sesiones se establecerán tratamiento o resolución a temas específicos, que afecten en particular a cada uno de los barrio en los que sesione el Cuerpo.

Que en general los vecinos de nuestra ciudad desconocen quiénes son sus representantes, ni como se encuentra conformado este Cuerpo Deliberante, ni cuáles son las funciones y tareas legislativas.

Que continúa existiendo en la actualidad un gran distanciamiento entre el quehacer político y los ciudadanos; y es necesario establecer todos los canales posibles de comunicación, participación y compromiso mutuo.

Que es necesario llevar a un mayor compromiso de los ciudadanos a la cosa pública e incentivar a la participación y vinculación con las Instituciones Republicanas.

Que el Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Goya como órgano legislativo local son el peldaño democrático y republicano más cercano de los ciudadanos en donde tenemos la obligación de difundir las funciones y tareas de las Instituciones Republicanas y hacerlas mas cercanas a los ciudadanos.


EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE GOYA


R E S U E L V E:

ARTICULO 1º: IMPLEMENTAR el programa denominado “EL CONCEJO EN LOS BARRIOS” en el ámbito del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Goya, el que regirá conforme a las condiciones y características que se detallan en la presente Resolución.-

ARTICULO 2º: DICHO Programa tiene como objetivo general propiciar una mayor vinculación y proximidad entre el Cuerpo Legislativo y los vecinos para el tratamiento de temas específicos que afecten en particular a cada uno de los Barrios.-

ARTICULO 3º: LAS reuniones serán abiertas y solicitadas, preferentemente, a través de las Comisiones Vecinales, Clubes, Iglesias y Educacionales, Organizaciones no Gubernamentales desarrollándose en algún establecimiento comunitario con amplia capacidad.-


///Corresponde a la Resolución Nº 2.514


ARTICULO 4º: EL Presidente del Concejo Deliberante, será el encargado de convocar a las diferentes agrupaciones que funcionen en el barrio y a todos los vecinos en general, para asistir a las reuniones, conforme cronograma que se elabore a sus efectos.-

ARTICULO 5º: ESTABLECESE que en estas Sesiones se garantice a los vecinos la posibilidad de la utilización de la Banca Ciudadana para que exprese la opinión individual o colectiva según lo establecido por Resolución Nº 2.314/12.-

ARTICULO 6º: ESTABLECESE en el cronograma a realizar el orden de zonas a las que se asistirá. La periodicidad de las Sesiones podrá alterarse conforme a las necesidades que se presenten a lo largo de la instrumentación del programa.-

ARTICULO 7º: EL procedimiento se iniciará a instancias de vecinos y/o entidades representativas a través de la presentación por Mesa de Entradas del Honorable Concejo Deliberante de Goya del proyecto especificando el autor del mismo.-

ARTICULO 8º: EL Concejo Deliberante de la ciudad de Goya resolverá la celebración de la Sesión en los Barrios dentro del Período de Sesiones Ordinarias, mediante aprobación de una Resolución de convocatoria.-

ARTICULO 9º: LA Sesión Especial precedentemente deberá realizarse dentro de los (30) treinta días corridos posteriores a la sanción de la Resolución del Honorable Cuerpo. El Presidente del Honorable Concejo Deliberante dispondrá la fecha, el horario y el lugar de realización de la misma.-

ARTICULO 10º: EL Presidente publicitará la convocatoria con una antelación no menor a diez (10) días corridos respecto de la fecha fijada para su realización en por lo menos,
• El periódico local
• Medios de comunicación radiales
• Comunicación a las entidades intermedias y establecimientos educativos del Barrio.
• Página Web del Honorable Concejo Deliberante.

ARTICULO 11º: EN CUANTO al desarrollo de la Sesión, serán de aplicación las disposiciones del  Reglamento Interno del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Goya.-

ARTICULO 12º: SE DEJA sin efecto toda otra disposición al respecto.-


ARTICULO 13°: NOTIFIQUESE, regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHIVESE.-

 


Dr. Gerardo Luís Urquijo
Secretario
        


Dr. Carlos Alberto Rajoy
Vice presidente 1º
a/c presidencia

 

 

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