RESOLUCION N° 2.551

V I S T O:
El Artículo 175 inciso “b” y 176 de la Carta Orgánica de la Municipalidad de Goya. Y ; ;

CONSIDERANDO:


Que la fuerte crecida de los ríos Paraná e Iguazú elevó el estado de alerta en cinco provincias del litoral, por lo que las autoridades de Misiones, Corrientes, Chaco, Entre Ríos y Santa Fe monitorean durante las 24 horas la emergencia hídrica y ya diseñan planes de evacuación para miles de familias.

Que desde que comenzaron las mediciones del movimiento de aguas en la cuenca del Iguazú, la marca máxima registrada fue durante las inundaciones de 1992, con 36.000 metros cúbicos por segundo, unos 10.000 menos que la medida actual.

Que las lluvias en toda la cuenca del Iguazú, que se encuentra mayormente en Brasil, generaron esa crecida histórica que provocó el cierre al acceso a la Garganta del Diablo, el mayor de los saltos de las Cataratas.

Que esta crecida extraordinaria del Paraná, las lluvias intensas en la cuenca del río Iguazú, que elevó más de 30 veces su nivel normal, afectarán, se cree, en gran medida a nuestro municipio.

Que las posibles alturas a las que puede llegar la creciente del río Paraná superarán las medidas alcanzadas en el 2013. De acuerdo al informe en el Puerto de Goya se prevé que el pico llegue a los 7 metros en los próximos días.

Que “el río va a correr a más de 40.000 metros cúbicos por segundo. Es una crecida que puede ser más importante que la del año pasado”, con del Plata (Siyha), que depende del INA.

Que ya está funcionando la JUNTA MUNICIPAL DE DEFENSA CIVIL DE GOYA  y se conformó el Centro de Operaciones por la Emergencia para coordinar los medios necesarios para la asistencia de todas las familias víctimas de la Emergencia Hídrica y sus consecuencias en la Economía Social.

 


///Corresponde a la Resolución Nº 2.551

Que por lo tanto, la emergencia hídrica, tanto en su sentido de fenómeno natural como de situación jurídica, ha perdido su conceptuación de "hecho imprevisible y fortuito", de esos que sorprenden a la comunidad y la privan de respuestas tempestivas y adecuadas, firmó Juan Borús, del Sistema de Información y Alerta Hidrológica de la Cuenca del Plata (Siyha), que depende del INA.

Que ya está funcionando la JUNTA MUNICIPAL DE DEFENSA CIVIL DE GOYA  y se conformó el Centro de Operaciones por la Emergencia para coordinar los medios necesarios para la asistencia de todas las familias víctimas de la Emergencia Hídrica y sus consecuencias en la Economía Social.

Que por lo tanto, la emergencia hídrica, tanto en su sentido de fenómeno natural como de situación jurídica, ha perdido su conceptuación de "hecho imprevisible y fortuito", de esos que sorprenden a la comunidad y la privan de respuestas tempestivas y adecuadas.

Por ello.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE GOYA


R E S U E L V E:


ARTICULO 1º: DECLARAR a  este municipio en estado de ALERTA HÍDRICA por el término de sesenta (60) días.-

ARTICULO 2º: FACULTESE al Departamento Ejecutivo Municipal a declarar LA EMERGENCIA HIDRICA si fuere necesario de acuerdo al artículo 175 inciso “b” de la Carta Orgánica Municipal.-

ARTICULO 3º: FACULTAR  al  Departamento Ejecutivo Municipal a gestionar ante los organismos nacionales, provinciales y de cualquier otra índole a los efectos de obtener recursos técnicos, humanos y financieros que ayuden a sobrellevar los efectos de las inundaciones en el municipio de Goya cuando correspondiere.-

ARTICULO 4°: NOTIFIQUESE, regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHIVESE.-

 

Dr. Gerardo Luís Urquijo
Secretario
        

Dr. Carlos Alberto Rajoy
Vice  PRESIDENTE 1º
a/c Presidencia

Copyright © 2008 - 2024 | Honorable Concejo Deliberante. Diseño: IN-CO-NE - Goya (Ctes.)