RESOLUCION Nº 2.079

Goya (Ctes.), 26 de noviembre de 2008.


 
V I S T O:
 
 El Expediente Nº 1.592/08 del H. Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Resolución sobre facultar al Departamento Ejecutivo Municipal para que inicie acciones legales si correspondieren al gobierno provincial por incumplimiento de la ley Nº 5.803.  Y;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;
 
C O N S I D E R A N D O:
 
 Atento al incumplimiento de la Ley Nº 5.803 por parte del Gobierno Provincial.
Que, el Concejo Deliberante aprobó el Proyecto Ejecutivo de Defensas de Goya, en el Marco del Programa de Prevención de Inundaciones y Drenaje Urbano (P.I.D.U.), a financiarse mediante el préstamo B.I.R.F 7.832-AR.
Que, la Ley 5.803 en su Anexo, en el orden de prioridad de obra establece: En 1er. Orden la conclusión de las Defensas Definitivas de la ciudad de Goya. También en su Artículo 13: ESTABLECE el Proyecto Definitivo de Defensas y Desagües Pluviales de la ciudad de Goya.
Que, el Proyecto de Defensas de Goya se encontraba en el primer lugar del plan del Crédito del Banco Mundial; seguidamente estaban los proyectos de Desagües Urbanos de Curuzú Cuatiá. Mercedes y, en cuarto lugar, se ubicaba Gobernador Virasoro.
Que, el Gobernador de la Provincia de Corrientes firmó el Decreto Nº 2.437/08, para la licitación de las obras de Desagües Urbanos Pluviales de Gobernador Virasoro.
Que, se trata de una obra que insumirá una inversión de 60.000.000 (sesenta millones) de pesos; y los trabajos estaban previstos iniciarse antes de fin de año, culminando la obra en el año 2.010. 
Que, por Resolución 2.054/08, aprobado por éste Concejo Deliberante; esto es con anterioridad a la firma del Decreto 2.437/08, se solicitó al Poder Ejecutivo Provincial dé estricto cumplimiento a la Ley 5.803.
Que, el Gobierno Provincial violó la Cláusula de la Ley Nº 5.803, desviando los fondos de la misma a otros sectores, quitando prioridad a las obras de Goya.
Que, por lo expuesto anteriormente se le faculta al Intendente Municipal, a iniciar acciones legales por incumplimiento de la misma.
 
 Por todo ello;
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE GOYA
 
R E S U E L V E:
 
ARTICULO 1º: FACULTAR al Departamento Ejecutivo Municipalpara que inicie las acciones legales si correspondieren al Gobierno Provincial, por incumplimiento de la Ley Nº 5.803.-
 
ARTICULO 2º:NOTIFIQUESE, regístrese, publíquese, sáquese copia para quién corresponda y oportunamente ARCHIVESE.-
 
 
 
 
 
                                                                    MABEL BARRILE DE MARTINEZ
Presidente
 
 
 
                                                                                                                   Dr. GERARDO LUIS URQUIJO
Secretario
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