PROMULGADA POR EL D.E.M. DE 27 DE JUNIO DE 2025
V I S T O:
El expediente N° 3.430/25 del Honorable Concejo Deliberante, que contiene Proyecto de Ordenanza sobre “INSTRUCTIVO PARA OBTENER EL CERTIFICADO DE PREFACTIBILIDAD HÍDRICA E HIDRÁULICA PARA DESARROLLOS INMOBILIARIOS”. Y;
C O N S I D E R A N D O:
El instructivo para la obtención del Certificado de Prefactibilidad Hídrica e Hidráulica para Desarrollos Inmobiliarios presentado por el Administrador General del PRODEGO (Proyecto Defensas de Goya).
Que la ciudad de Goya se encuentra ubicada en una zona vulnerable a las inundaciones pluviales y fluviales.
Que es necesario minimizar el riesgo a las inundaciones de origen fluvial y pluvial.
Que la prefactibilidad hídrica consiste en la caracterización del predio en el cual se va a desarrollar un emprendimiento inmobiliario, desde el punto de vista del riesgo de inundación potencial y del diseño de los desagües pluviales internos.
Que este trámite permite a los propietarios, profesionales o gestores de emprendimientos inmobiliarios solicitar la prefactibilidad hídrica de un loteo con fines de urbanización en la ciudad de Goya y departamento.
Que dados los proyectos de parcelamiento destinados a un desarrollo urbanístico, ya sea de loteo común o conjuntos inmobiliarios, división de lotes para venta en condominios indivisos y/o todo tipo de emprendimiento de desarrollo inmobiliario, se hace necesario generar un encuadre que hagan operativos los procesos de intervención en la regulación y el control de dichas actividades en la ciudad de Goya y dentro de los límites del departamento sobre aspectos hídricos e hidráulicos.
Que los desarrollos inmobiliarios mencionados y las implicancias e impactos sociales que estos generan en los ambientes en los que se proyectan, son altamente complejos en las alteraciones que pueden producir en el territorio y en la dinámica de los sistemas naturales, sin desconocer la necesidad del avance de los progresos urbanísticos la que deberá llevarse a cabo de manera sostenible.
Que es necesario implementar un Certificado de Prefactibilidad Hídrica (CPFH) para Loteos, Urbanizaciones, desarrollos urbanísticos en general, etc., ya sea de loteo común o conjuntos inmobiliarios presentados por particulares u organismos públicos, en la ciudad de Goya y dentro de los límites del departamento.
Que teniendo el PRODEGO las atribuciones y alcances determinadas por Ordenanzas Nº 575/1993, Nº 1.460/2009 y Ordenanza Nº 1130/02 y normativa conexa y en el marco de la Resolución ICAA Nº 366/16 para establecer el Nivel de Complejidad Ambiental (NCA) de los emprendimientos en el marco de la Ley Nº 5.067 de Evaluación de Impacto Ambiental y Decreto reglamentario Nº 2.858/12, torna ineludible avanzar en los instructivos.
Que el área de Proyectos de Ingeniería de este organismo ha elaborado un instructivo para obtener el Certificado de Prefactibilidad Hídrica (CPFH) del desarrollo inmobiliario, que pudiera tender a minimizar/mitigar el riesgo hídrico, sin que esto implique obligaciones y responsabilidades a la Municipalidad de Goya, ante eventos de características extraordinarias.
Por todo ello.
LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO
O R D E N A:
ARTÍCULO 1º: APROBAR los requisitos para Obtener el Certificado de Prefactibilidad Hídrica (CPFH) para el Desarrollo Inmobiliario;: tanto el que figura agregado como Anexo I, al igual que, la Constancia de Notificación a Vecinos que figura como Anexo II, los que forman parte de la presente.
ARTÍCULO 2º: FACULTAR al PRODEGO las atribuciones de otorgar el presente certificado de prefactibilidad hídrica (CPFH) para Desarrollo Inmobiliario.
ARTÍCULO 3º: FACULTAR al Departamento Ejecutivo Municipal a reglamentar la presente ordenanza.
ARTÍCULO 4: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHÍVESE.
Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veinticinco días del mes de junio de dos mil veinticinco.
n.r.