ORDENANZA Nº 2.046

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 28 de agosto 2.019

V I S T O:

 

El expediente N° 2.852/19 del Honorable Concejo Deliberante, que contiene un Proyecto de Resolución sobre “ADHESION A LA LEY NACIONAL Nº 27.499/2019 “LEY MICAELA”. Y; ;

C O N S I D E R A N D O:

 

Que la Ley Nacional Nº 27.499 prevée la capacitación obligatoria en perspectiva de género para los funcionarios públicos que integran los tres poderes.

Que La iniciativa fue presentada, después del brutal asesinato y violación de la joven Micaela García de 21 años de edad, a la salida de un boliche, por un hombre con antecedentes de ataques sexuales, luego de siete días de intensa búsqueda se dio a conocer la noticia que género una fuerte conmoción a nivel nacional ya que la joven participaba activamente del movimiento NI UNA MENOS y  era militante del movimiento EVITA en la ciudad de Gualeguay prov. de Entre Ríos. Por el femicidio fue condenado a prisión perpetua Sebastián Wagner de 30 años.

Que es de suma importancia la formación y capacitación en perspectiva de género para todos los funcionarios de la gestión pública de los tres poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial y organismos descentralizados, sin importar jerarquía, ni forma de contratación, ni el ámbito en el que desempeñe sus funciones. Todos los agentes del Estado deben cursar y aprobar todos los años la capacitación. El incumplimiento será considerado una falta grave que incluirá en sanciones y obstaculizará el ascenso a un cargo superior en caso de que corresponda.

Que la ley dispone, por otra parte, la capacitación de promotores territoriales en género, y un plan deportivo de integración y la “NO” violencia contra las mujeres. La autoridad de aplicación será el Instituto Nacional de las Mujeres (INAM) a cargo de su directora ejecutiva María Fabiana Tuñez y el Ministerio de Modernización que en su página web, difundirá el grado de cumplimiento que establece la Ley 26.485 de “Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos que desarrollen sus relaciones interpersonales”. Toda conducta, acción u omisión, que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal. Quedan comprendidas las perpetradas desde el Estado o por sus agentes.

Por todo lo expuesto y considerando que la lucha contra la erradicación de la  violencia contra las mujeres es un problema de todos.

LA MUNICIPALIDAD DE  LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

 

O R D E N A:

 

ARTÍCULO 1°: ADHERIR a la Ley Nacional Nº 27.499/2019 “LEY MICAELA”,  DE CAPACITACION OBLIGATORIA EN GENERO PARA TODAS LAS PERSONAS QUE INTEGRAN LOS TRES PODERES DEL ESTADO, en el Municipio de Goya. 

ARTÍCULO 2°: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente  ARCHÍVESE.

Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los siete días del mes de Agosto de dos mil diecinueve.

 

 

Dr. Gerardo Luis Urquijo                 Cr. Daniel Jacinto Avalos

       Secretario                               Presidente 

 

n.r.

 

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