ORDENANZA Nº 1.722

PROMULGADA POR EL D.E.M. DE FECHA 27/06/2014                                                                           


V I S T O:
El expediente Nº 1.930/12 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre “ACTUALIZACION VALORES DE LICENCIAS PARA CONDUCIR”.Y; ;

C O N S I D E R A N D O:


La Resolución con Fuerza de Ordenanza Nº 42/00 y Ordenanza Nº 1483/10, y la imperiosa necesidad de actualizar los valores del otorgamiento y renovación de la licencia de conducir.

Que desde hace más de diez años los valores vigentes para la obtención y renovación del carnet en nuestra ciudad no se han actualizado.

Que en el transcurso de éste período la inflación y los costos de los insumos han aumentado considerablemente.

Que es necesario adecuar el costo del otorgamiento y renovación del registro de conducir, adecuándolo a los valores actuales.

Que comparando con otros Municipios de características similares al nuestro, los montos son superiores, pudiendo citarse a modo de ejemplo las ciudades: Corrientes, donde el valor anual en la Categoría “A” es de $ 120 (pesos ciento veinte) y Categoría “B” $ 190 (pesos ciento noventa); Bella Vista: Categoría “A” $ 59 (pesos cincuenta y nueve) y Categoría “B” $ 63 (pesos sesenta y tres); Esquina: Categoría “A” $ 55 y Categoría “B” $ 55 (cincuenta y cinco pesos), en éstas dos últimas ciudades también anualmente.

Que por lo mencionado en el párrafo anterior es claro que los valores actualmente vigentes son notablemente inferiores en comparación con municipios de características similares en nuestra provincia.

Por ello.

 

LA MUNICIPALIDAD DE  LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO


O R D E N A:


ARTICULO 1º:  ACTUALIZAR el valor de las Licencias para Conducir en los siguientes montos:


CATEGORÍA VIGENCIA COSTO
A Por año $ 65 (pesos sesenta y cinco)
B Por año $ 85 (pesos ochenta y cinco)
D1- D2- E- G Por año $ 170 (pesos ciento setenta)


ARTICULO 2º: FIJAR el valor del Certificado de Visión y Audición (visión tester), el monto establecido para el Derecho de Actuación Administrativa, conforme lo establece el artículo 38 inciso a) del Código Tributario Municipal, Libro Tercero – Parte Tarifaria.-

 

///Corresponde a la Ordenanza Nº 1.722

 

ARTICULO 3º: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., regístrese, publíquese, sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHIVESE.-

Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los doce días del mes de Diciembre de dos mil doce aprobada en su Primer Lectura de acuerdo al artículo 86 de la Carta Orgánica Municipal.-

 


Dr. Gerardo Luis  Urquijo
Secretario

        


Esc. Marta A. Reyes Letellier
VICE PRESIDENTE 1º
a/c Presidencia

 

Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los dieciséis días del mes de Abril de dos mil catorce aprobada en su Segunda Lectura de acuerdo al artículo 86 de la Carta Orgánica Municipal.-

 

 

Dr. Gerardo Luis  Urquijo
Secretario

        


Dr. Darío Abelardo Zapata
PRESIDENTE

 

 

n.r.

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