ORDENANZA Nº 089

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA  13 DE NOVIEMBRE DE 1984
Visto:

El proyecto de Ordenanza elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal; y,

 

Considerando:

La necesidad de dotar al Departamento de Informática de la Municipalidad y al Junta de Promoción Industrial de Goya de recursos y bienes que permitan su funcionamiento para el mejor cumplimiento de sus tareas específicas; que las mismas cumplen funciones de vital importancia, una dentro de la Comuna y la otra, en la promoción y desarrollo de la industria en Goya y su zona de influencia.

 

 

 

 

 

LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

 

ORDENA:

 

 

 

Art. 1 - Disponer que el rubro Ingresos Corrientes de Jurisdicción Municipal correspondientes a Tasas y Retribución de Servicios, del Presupuesto de Recursos y Gastos de la Municipalidad de Goya, Partida 1-1-02, se afecte del 10% (diez por ciento) adicional del porcentual por mayores costos, el 5% (cinco por ciento) al Departamento de Informática y el 5% (cinco por ciento) a la Junta de Promoción Industrial.

 

 

Art. 2 - La presente Ordenanza será con retroactividad al 10 de septiembre del corriente año.

 

Art. 3 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, publíquese, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 8 días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y cuatro.

Copyright © 2008 - 2024 | Honorable Concejo Deliberante. Diseño: IN-CO-NE - Goya (Ctes.)