ORDENANZA N° 1.443

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 01 DE DICIEMBRE DE 2008


V I S T O:

El Expediente Nº 1.543/08 del H. Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre "OTORGAMIENTO EN COMODATO DE UNA FRACCION DE TERRENO MUNICIPAL AL SINDICATO DE OBREROS MARÍTIMOS UNIDOS (SOMU)"; remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal. Y;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;

    

C O N S I D E R A N D O:
El expediente Nº 315 de fecha 10 de enero de 2.008 presentado por el Sindicato de Obreros Marítimos Unidos (SOMU), solicitando un terreno sobre las márgenes del río Santa Lucía, para la construcción de un camping para los afiliados de la ciudad de Goya, Santa Lucía, Lavalle, Bella Vista y Esquina y así fomentar el turismo, además de reunir a toda la familia marítima del sur correntino y de todo el país.
Que de acuerdo al informe de Tierras Municipales la situación de Dominio del Parque Santa Lucía, se encuentra inscripto a nombre de la Municipalidad de Goya en el Registro de la Propiedad Inmueble en el Libro Diario Nº 4347 del 16/01/1969. En el Protocolo de Dominio Depto. de Goya bajo Nº 25 Folio 28,29 Adrema: I1-4568-2 y en Catastro Municipal Tº 33 Fº 11.133 de fecha 21/02/1.969; no posee Mensura de división a nombre de Municipalidad de Goya, con una Superficie de 70.926 mts2. Total del predio Parque Santa Lucía según Mensura Nº 2237-“N”; adjuntando fotocopia del Título con sus respectivas inscripciones.
 Por todo ello.

 

LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO
O R D E N A:

 

 

ARTICULO 1º:AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a otorgar en comodato con cargo por el término de 15 años, renovable cada 10 años de modo automático, pudiendo el Departamento Ejecutivo Municipal rescindir el mismo con un aviso previo de 6 meses en el año del vencimiento del comodato, o por lo dispuesto en el art. 2.284 del Código Civil, una fracción de terreno con una superficie total de 16.635 mts.2, ubicado en las márgenes del río Santa Lucía, limitando al Norte, Oeste y Sur con terrenos a nombre de Irma Adelina Esquenón de Perelló (según mensura 6358-N) y al Este con más terrenos de propiedad municipal, al Sindicato de Obreros Marítimos Unidos (S.O.M.U.) de Corrientes Delegación Goya para instalación de un camping de acceso libre y gratuito, de acuerdo al plano que como Anexo I se adjunta y forma parte de la presente.-

 

ARTICULO 2º: EL SINDICATO DE OBREROS MARITIMOS UNIDOS deberá construir y mantener los desagües del terreno conforme al desagüe natural y siguiendo los lineamientos que oportunamente dará la Secretaría de Planeamiento. Toda otra obra que no esté especificada en el Anexo I de la presente deberá contar con la supervisión del Departamento Ejecutivo Municipal.-

 

ARTICULO 3º: LOS GASTOS de energía eléctrica, agua, teléfono, si los hubiere, y todo impuesto o tasa que grave el inmueble los pagará el comodatario, debiendo exhibir al comodante, cuando éste lo requiera, los recibos de los pagos correspondientes, a efectos de su fiscalización. Para los servicios de energía eléctrica y agua el comodatario deberá solicitar indefectiblemente los medidores correspondientes a las empresas prestatarias de dichos servicios. El comodatario será responsable de todos los hechos que sean pasibles de acciones civiles y/o penales que ocurrieren dentro del predio cedido.-

 

 

 

 

ARTICULO 4º: EL PLAZO para el inicio de las obras no podrá exceder de un (1) año de aprobada la presente Ordenanza. En caso de no cumplirse el cargo en este plazo, la presente quedará sin efecto de pleno derecho sin necesidad de ulterior acto administrativo, recobrando automáticamente el municipio la posesión del inmueble, sin derecho a reclamo de suma alguna por ningún concepto.-

 

 ARTICULO 5º: EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL confeccionará el contrato de comodato siguiendo los lineamientos de la presente Ordenanza.

 

 

ARTICULO 6º: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHÍVESE.-

 

Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los diecinueve días del mes de noviembre de dos mil ocho.-

 

                  Dr. GERARDO LUIS URQUIJO                       Dr. RUBEN DARIO BRAYER

                                      Secretario                                                           Vicepresidente 1º

 

          

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