ORDENANZA Nº 1.022

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 07 DE JULIO DE 1999


Visto:

El Expediente Nº 495/97 del Honorable Concejo Deliberante, que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre Facultar al Departamento Ejecutivo Municipal a Suspender Habilitaciones Comerciales por 120 Días, Ante Eventos Municipales; y,


Considerando:

Las facultades conferidas por el artículo 58, inciso 35 de la Carta Orgánica Municipal.

Que, proliferan pedidos e habilitaciones Comerciales en la zona y en los días en lo que se desarrollan eventos de interés público, y las solicitudes de baja presentadas una vez finalizados los mismos.

Que, dicha práctica se ha venido reiterando año tras año por quienes pretenden lucrar por unos pocos días, aprovechando la masiva concurrencia de público en detrimento económico de las Comisiones Organizadoras.

Que, estas realizan un enorme esfuerzo para realizar el evento, por lo que se torna necesario dotarlas de las mejores posibilidades de recaudar fondos en el transcurso de los mismos, de manera de asegurar su continuidad.

Que, de tal forma, razones de interés general, aconsejan evitar el otorgamiento de habilitaciones de Comercio en los rubros, en la zona y por los días que oportunamente, por Resolución, determina el Departamento Ejecutivo.

Por todo ello:


                                  LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

Art. 1 - Facultar al Departamento Ejecutivo Municipal, ante la realización de evento de interés Municipal, suspender por un plazo no mayor de 120 días el otorgamiento de Habilitaciones Comerciales en los rubros que oportunamente determinará, en la zona de realización de los mismos.

Art. 2 - Facultar al Departamento Ejecutivo Municipal, en los términos del artículo anterior, a suspender toda modificación o ampliación a los rubros que oportunamente determine, de habilitaciones ya otorgadas para otras actividades.

Art. 3 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 7 días del mes de julio de mil novecientos noventa y nueve.

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