ORDENANZA Nº 1.012

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 09 DE JUNIO DE 1999


Visto:

El Expediente Nº 803/99 del Honorable Concejo Deliberante, que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre Aceptación Donación de un Inmueble del In.Vi.Co. a la Municipalidad de Goya, y,


Considerando:

La Nota Oficial Nº 977/98, la Resolución Nº 1.387 de fecha 14/08/98 del Instituto de Vivienda de Corrientes, por la que se ha dispuesto donar a este Municipio la superficie individualizada en la Mensura como Area de Reserva.

Que, el Instituto de Vivienda de Corrientes, ha dispuesto transferir a título de donación a la Municipalidad de Goya, un inmueble propiedad de ese Instituto, ubicado en los ejidos Sur de la Ciudad, individualizados según Duplicado de Mensura Nº 3.317 "N" como Area de Reserva, constante de 46,07 mts. en su lado Norte; 48,35 mts. en su lado Sur; 91,37 mts. en su lado Este, y 91,34 mts. en su lado Oeste, con una Superficie total de 4.312,20 mts. 2.

Que, resulta aconsejable aceptar la donación mencionada.

Por todo ello:


                                 LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

Art. 1 - Aceptar la Donación efectuada por el Instituto de Vivienda de Corrientes a favor de la Municipalidad de Goya, de la superficie destinada a Area de Reserva, individualizada en el Duplicada de Mensura Nº 3.317 "N", ubicada en los ejidos Sur de la Ciudad, constante de 46,07 mts. en su lado Norte; 48,35 mts. en su lado Sur; 91,37 mts. en su lado Este, y 91,34 mts. en su lado Oeste; con una Superficie total de 4.312,20 mts. 2; lindando al Norte: con calle de tierra, al Sur, Este y Oeste con terrenos de propiedad del In.Vi.Co., Inscripta dentro de una mayor extensión a nombre del In.Vi.Co., en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia, en el Folio Real Matrícula Nº 7.762, Departamento de Goya. Este terreno será incluido como del Dominio Público Municipal.

Art. 2 - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar los trámites de inscripciones correspondientes, ante los Registros Provinciales y Municipal.

Art. 3 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 9 días del mes de junio de mil novecientos noventa y nueve.

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