ORDENANZA Nº 1.002

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 21 DE ABRIL DE 1999


Visto:

El Expediente Nº 788/99 del Honorable Concejo Deliberante, que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre Regularización Situación Terreno Municipal, Adjudicación en Venta al Sr. Rodolfo Fabián Bordón; y,


Considerando:

El expediente "B/152/98" por el cual el Sr. Rodolfo Fabián Bordón, solicita la compra del terreno donde se halla viviendo.

Que el inmueble solicitado se halla debidamente inscripto a nombre de la Municipalidad de Goya.

Que el solicitante se halla viviendo e introdujo mejoras en el respectivo inmueble (lote).

Que se halla dentro de las condiciones establecidas en la Ordenanza Municipal Nº 723/96.

Que de acuerdo a lo dictaminado por Asesoría Letrada no existe impedimento para lo solicitado; insistiendo el cumplimiento por parte del comprador del nivel de cota fundacional conforme a la Ordenanza respectiva.

Por todo ello, y en virtud a las disposiciones contenidas en la Carta Orgánica Municipal vigente:


LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

Art. 1 - Adjudicar en venta al Sr. Rodolfo Fabián Bordón, D.N.I. Nº 20.780.837, Soltero, con domicilio en calle Pedro E. Aramburu Nº 78 de esta ciudad, la Fracción de Terreno de la Manzana Nº 156 del Plano Oficial de la Ciudad, de acuerdo al Duplicado de Mensura y División Nº 4.973-N, Parcela Nº 11 (según Catastro - Corrientes) en fecha 16/12/97, hallándose dentro de los siguientes Límites y Linderos: al Norte: una línea de 11,30 mts. lindando con terreno de propiedad presuntamente Municipal (ocupado por Blanca Florentina Romero, al Sur: una línea de 11,30 mts., lindando con calle Pedro E. Aramburu (tierra); al Este: una línea de 21,45 mts., lindando con terreno de propiedad presuntamente Municipal; y al Oeste: una línea de 21,45 mts., lindando con más terreno presuntamente Municipal. Con una superficie total de 242,06 mts2. Inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble Corrientes. Bajo Libro Diario Nº 20.488 - Folio Real - Matrícula Nº 15.673 Departamento Goya - en fecha 30/10/98; en la Dirección General de Catastro, bajo Adrema: 11-24.170-1 y en Catastro Municipal Tº 63 - Fº 26.850, en fecha 12/02/99.

Art. 2 - El precio de venta y condiciones de pago deberá ajustarse a lo establecido en el artículo 5 de la Ordenanza Municipal Nº 723/96.

Art. 3 - La Municipalidad de Goya, no responderá por evicción ni vicios redhibitorios.

Art. 4 - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir el Contrato de Venta, en la forma y condiciones establecidas en la presente Ordenanza, como así también agregar todo lo que sea en resguardo de los intereses Municipales.

Art. 5 - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a firmar la, pertinente escritura traslativa de dominio una vez abonado el total del precio establecido.

Art. 6 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.

Dado en el Salón de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 21 días del mes de abril de mil novecientos noventa y nueve.

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