ORDENANZA Nº 946

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 19 DE AGOSTO DE 1998


Visto:
El Expediente Nº 719 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre la necesidad de Convocar y Organizar Talleres de Discusión Sobre el Plan Director de Defensas de la Ciudad de Goya; y,


Considerando:

La Ordenanza Nº 575 y sus modificatorias Nº 631 y 754 y la Carta Orgánica Municipal.

Que la Ciudad de Goya cuenta hoy con el Plan Director de Defensas para la Ciudad de Goya, elaborado por el Ingeniero Oscar Bonfanti.

Que cuando se plasmó dicho plan, no se consultó a la Comunidad Goyana y el autor sostuvo que al hacerse el proyecto Ejecutivo Definitivo, los Goyanos tendrían la posibilidad de intervenir y opinar.

Que la financiación de las obras de defensas se hará en función del Plan Director antes mencionado.

Que la normativa de los créditos otorgados y a otorgarse por el Banco Mundial, se prevé la realización de Talleres de Discusión en el seno de las Comunidades donde se realizarán las obras; en este caso de defensas contra inundaciones.

Que ante esto los Goyanos deben preguntarse si quieren introducir reformas y cuales serían y porqué.

Que es necesario anticiparse en los tiempos y que los Goyanos opinen sobre su futuro, ene este caso el plan Director y el Proyecto Ejecutivo de obras de Defensas Definitivas.

Por todo ello:


                                  LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

Art. 1 - El Pro.De.Co. a través del Consejo Consultivo convocará y organizará la realización de Talleres de Discusión sobre el Plan Director de Defensas: Propuestas y Reformas, en un plazo de Treinta Días (30) de la promulgación de esta Ordenanza.

Art. 2 - Los talleres se realizarán en función de un temario específico, con la participación de Instituciones de nuestra Comunidad, y en un tiempo no mayor de Quince Días (15) desde su convocatoria.

Art. 3 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 19 días del mes de agosto de mil novecientos noventa y ocho.

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