ORDENANZA Nº 896

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 17 DE DICIEMBRE DE 1997


Visto:

El Expediente Nº 622/97 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre regularización de Terrenos Municipales (adjudicando en venta al Sr. Carlos María Ramírez); y,


Considerando:

El Expediente "R/214/97" por el cual el Señor Carlos María Ramírez, solicita la compra del terreno donde se halla viviendo.

Que el inmueble solicitado se halla debidamente inscripto a nombre de la Municipalidad de Goya.

Que el solicitante se halla viviendo e introdujo mejoras en el respectivo inmueble (lote).

Que se halla dentro de las condiciones establecidas dentro de la Ordenanza Municipal Nº 723/96.

Que de acuerdo a lo dictaminado por Asesoría Letrada no existe impedimento para acceder a lo solicitado.

Por todo ello, y en virtud a las disposiciones contenidas en la Carta Orgánica Municipal vigente:


                                  LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

Art. 1 - Adjudicar en venta al Sr. Carlos María Ramírez D. N. I. Nº 14.261.369, casado, domiciliado en calle Maestro Argentino Nº 870 de esta ciudad; el Lote Nº 45 de la Manzana Nº 15, constante de 10,00 mts. de frente e igual contrafrente por 28,05 mts. de fondo e igual contrafondo; lindando al Norte: Lote Nº 33; al Sur: calle Maestro Argentino; al Este: Lote Nº 46 y al Oeste: Lote Nº 44; con una superficie total de 280,05 mts. 2; de acuerdo al Duplicado de Mensura Nº 3.045-N. Inscripta (dentro de una mayor extensión) en el Registro de la Propiedad Inmueble Corrientes, en el Libro Diario Nº 13.390 Matrícula 8.982, Departamento de Goya, en fecha 08/12/84. En la Dirección General de Catastro Corrientes, bajo Adrema I1-11514-1; y en Catastro Municipal Tº 49, Fº 20.750, año 1.985.

Art. 2 - El precio de venta y condiciones de pago deberá ajustarse a lo establecido en el artículo 5 de la Ordenanza Municipal Nº 723/96.

Art. 3 - La Municipalidad de Goya no responderá por evicción ni vicios redibitorios.

Art. 4 - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir el Contrato de Venta en la forma y condiciones establecidos en la presente Ordenanza, como así también agregar todo lo que sea en resguardo de los intereses municipales.

Art. 5 - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a Firmar la pertinente Escritura Traslativa de Dominio, una vez abonado el total del precio establecido.

Art. 6 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 17 días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y siete.

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