ORDENANZA Nº 824

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 28 DE MAYO DE 1997


Visto:

El Expediente Nº 475/96 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre Sistema de Control del Tránsito Vehicular, remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal; y,


Considerando:

Que es creciente la complejidad del tránsito vehicular y sus directas implicancias sobre la vida de la comunidad, lo que hace necesario contar con un sistema de control integral del tránsito, por caminos y calles de tierra del Departamento de Goya.

Que la misma se ha puesto de manifiesta en sucesivas reuniones mantenidas con empresas del medio y foráneos, dedicadas a dicho contralor, con experiencia acreditada en distintos municipios.

Que a través de la misma, se ha detectado un marcado interés en las empresas de referencia, que han llegado a la formulación de ofertas concretas, siempre sin costo para el municipio.

Que por el contrario, la implementación de dicho control potenciaría, no solo el ordenamiento general del tránsito (señalización, educación vial, semaforización, control de velocidad, ruidos molestos, alcoholismo, etc.), sino además y como directa consecuencia representaría una fuente de ingresos adicionales para el municipio.

Que ante el dicho interés, existiendo más de un potencial oferente, corresponde el llamado a concurso público y/o licitación pública, según corresponda, conforme previsiones de la Ley de Contabilidad de la Provincia.

Que para el referido llamado es necesario el dictado de la Ordenanza pertinente.

Por todo ello:


                                 LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

Art. 1 - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a Llamar a Concurso Público y/o Licitación Pública, según corresponda, conforme previsiones de la Ley de Contabilidad de la Provincia, para la Contratación de un Sistema de Control Integral del Tránsito Vehicular por calles y caminos del Municipio de Goya y su Departamento, en el marco de un Proyecto de Educación Vial.

Art. 2 - Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones que como Anexo I forma parte de la presente.

Art. 3 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 28 días del mes de mayo de mil novecientos noventa y siete.

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