ORDENANZA Nº 809

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 23 DE ABRIL DE 1997


Visto:

El Expediente Nº 528/97 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre Autorización Venta Directa de Carcaza y Accesorios de las Motoniveladoras, remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal; y,


Considerando:

Lo dispuesto por el artículo 58, inciso 19 de la Carta Orgánica Municipal.

La Ordenanza Nº 720/96 de venta en remate público de chatarra y material en desuso propiedad del Municipio y el resultado obtenido en dicha subasta.

Que se hace necesario la realización de dichos bienes carentes de capacidad para la prestación de servicios esenciales y ante la existencia de una oferta razonable conforme a los valores del mercado efectuada por la firma Vial Park S.A.

Que dicha firma es proveedora de importantes insumos y servicios de este Municipio con la cual se mantiene una fluida relación comercial por lo que, debido a los saldos actuales a favor de la mismo sería factible una ventajosa compensación para el Municipio.

Por todo ello:


                                    LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

Art. 1 - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar la Venta Directa a la firma Vial Park S. A. De la Carcaza y Accesorios de las Motoniveladoras cuyas características y precio se detallan en el Anexo que forma parte de la presente Ordenanza y de acuerdo a las condiciones que se estipulan en el artículo siguiente.

Art. 2 - El precio pactado será compensado por la Municipalidad con el saldo deudor que ésta mantiene con la firma Vial Park S.A. u obtenerse una nota de crédito por parte de dicha firma a imputarse a futuros trabajos que demanden de ella la Municipalidad.

Art. 3 - Lo dispuesto en el artículo anterior se deberá instrumentar contractualmente.

Art. 4 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 23 días del mes de abril de mil novecientos noventa y siete.

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