ORDENANZA Nº 637

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 07 DE NOVIEMBRE DE 1994
Visto:

El Expediente Nº 232/94 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre Establecimiento del rubro "Ayuda Escolar Primaria" como asignatura familiar; y,


Considerando:

Las facultades establecidas en el artículo 58 de la Carta Orgánica Municipal.

Que es conveniente reconocer el rubro "Ayuda Escolar Primaria" como asignación familiar para el Personal Municipal, conforme las facultades establecidas en la Carta Orgánica Municipal de Goya.

Que este rubro ha sido reconocido, de hecho, por el Departamento Ejecutivo Municipal al personal dependiente de este Municipio en años anteriores.

Que resulta conveniente establecer el mismo por la presente norma, a los efectos de dar certeza jurídica y transparencia en el manejo de los fondos públicos.

Que se estima conveniente establecer la señalada Asignación en la suma de $ 65 - Pesos Sesenta y Cinco.

Que es conveniente reconocer este rubro a partir del 1 de enero de 1.995, a los efectos de una mejor previsión presupuestaria por parte de esta Municipalidad.

Que es conveniente autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar esta erogación en dos pagos si razones presupuestarios lo determinan, siempre que no medien más de 90 días - Noventa Días - entre una cuota y otra.

Por todo ello:


LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

Art. 1 - Establecer el rubro "Ayuda Escolar Primaria" como Asignación Familiar para el personal Municipal, a partir del 1 de enero de 1.995.

Art. 2 - Establecer el monto de dicha asignación familiar en la suma de $ 65 - Pesos sesenta y Cinco.

Art. 3 - Facultar al Departamento Ejecutivo Municipal, cuando razones financieras así lo determinen, ha afrontar el pago de la presente Asignación Familiar en Dos Cuotas, no pudiendo ser abonada la segunda con más de 90 días - Noventa - posteriores a la primera cuota.

Art. 4 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 26 días del mes de octubre de mil novecientos noventa y cuatro.

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