ORDENANZA Nº 589

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 30 DE DICIEMBRE DE 1993
Visto:

Las gestiones efectuadas por el Departamento Ejecutivo Municipal a efectos del cobro de la deuda de la Empresa "Telecom Argentina Stet-France Telecom S.A.", mantiene con la Municipalidad de Goya en concepto de "derecho de ocupación del espacio aéreo y subsuelo de la vía pública establecido en el artículo 135 del Código Tributario. Y


Considerando:

Que la misma asciende a la suma de $ 326.758,69 por el período comprendido entre el 11/90 al 10/93.

Que la mencionada Empresa, ha ofrecido celebrar un acuerdo transaccional consistente en pagar el capital reclamado sin intereses.

Que el acuerdo propuesto, significa una disminución de la suma reclamada del 38,81 %, por lo que se ofrece pagar en definitiva la suma de $ 199.956,10.

Que la difícil situación económica por la que atraviesa la Municipalidad de Goya, sumada al largo tiempo que demandaría su cobro por vía judicial, hacen aconsejable aceptar la propuesta en cuestión.

Que de conformidad al Régimen de Presentación Espontánea establecido por la Ordenanza Nº 561/93, la Empresa "Telecom Argentina Set-France Telecom S.A.", podría cancelar los conceptos adeudados en la suma de $ 240.686,33, lo que implica una reducción sensiblemente menor que la enunciada up supra.

Por ello:


LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONSEJO

ORDENA

Art. 1 - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal para que en representación de la Municipalidad de Goya firme un acuerdo transaccional respecto de la deuda prevista en el artículo 135 del Código Tributario (Ordenanza Nº 123 y sus modificaciones, con la Empresa "Telecom Argentina Set-France Telecom S.A." por la suma de $199.956,10, la que deberá abonarse dentro de los 15 (quince )días de firmada, a efectos de que esa Empresa cancele la deuda total que mantiene con éste Municipio, por los períodos comprendidos entre el 11/90 y el 10/93. Este acuerdo deberá celebrarse no más allá del 10 de enero de 1994, vencida la cual caduca de pleno derecho la autorización conferida.

Art. 2 - Los fondos ingresados a la Municipalidad de Goya por éste concepto serán imputados en un 75 % al pago de salarios.

Art. 3 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 19 días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y tres.

 

 

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