PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 06 DE AGOSTO DE 1990
Visto:
La necesidad de identificar adecuadamente los vehículos automotores de propiedad municipal y el uso exclusivo de los mismos; y,
Considerando:
Que resulta conveniente y necesario que los vehículos de propiedad de la Municipalidad de Goya se encuentren perfectamente individualizados mediante el uso de la chapa oficial respectiva y/o las inscripciones pertinentes que las identifiquen como tales.
Por todo ello:
LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO
ORDENA:
Art. 1 - Establecer la obligatoriedad del uso de chapas oficiales y/o inscripciones que lo identifiquen como de propiedad de la Municipalidad de Goya y de uso exclusivo para todos los vehículos automotores propiedad de la misma.
Art. 2 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 31 días del mes de julio de mil novecientos ochenta y nueve.