ORDENANZA Nº 348

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 24 DE MAYO DE 1989
Visto:
El Proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal; y,

Considerando:
El Expediente Nº 128/E/88 Cde. 17, presentado por la Empresa "San Antonio S.R.L.", solicitando incremento de tarifas para el transporte urbano de pasajeros.
Que estudiando los comprobantes que justifican el pedido de elevación del boleto, surge que no obstante haberse seguido un procedimiento correcto, de acuerdo al dictamen dela Subsecretaría de Hacienda, se pudo constatar diferencias.
Por ello:


LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

Art. 1 - Se establecen los siguientes valores para el servicio de transporte urbano de pasajeros, los que regirán a partir de la fecha que se promulgue la presente.

Tarifa Básica:            A 7,50

Tarifa Común:           A 10,50

Tarifa Escolar:           A 3,75

Art. 2 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 23 días del mes de mayo de mil novecientos ochenta y nueve.

Copyright © 2008 - 2024 | Honorable Concejo Deliberante. Diseño: IN-CO-NE - Goya (Ctes.)