ORDENANZA Nº 135

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 30 DE AGOSTO DE 1985
Visto:

Las disposiciones del artículo 163, inciso 2 de la Constitución Provincial, el artículo 51, inciso 41 de la Ley Nº 2.498, la Nota Nº 152/85 del Departamento Ejecutivo Municipal; y,

 

 

 

Considerando:

 

 

Que es necesario efectuar modificaciones a las Partidas Presupuestarias del Presupuesto General de Cálculo de Recursos y Autorizaciones para Gastos correspondientes al ejercicio 1.984, aprobado por Ordenanza Nº 81/84.

 

Que de esta forma se adecua el mencionado Presupuesto General a la real situación económica financiera de la Comuna, conforme a hechos y circunstancias de política económica general importantes oportunamente y de dificultosa previsión originariamente.

Por ello,

 

 

 

LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

 

ORDENA:

 

 

 

 

Art. 1 - Modifícase el Presupuesto General de Cálculo de Recursos y Autorizaciones para Gastos de esta Municipalidad, correspondiente al ejercicio 1.984, aprobado por Ordenanza Nº 81/84 de la siguiente forma:

 

 

a)      Recursos:

 

a.1       Ampliar el total de Ingresos Corrientes y de Capital en la suma de Pesos Argentinos diecinueve millones, novecientos dieciséis mil novecientos sesenta y cuatro, con sesenta y cinco centavos ($a. 19.916.964,65).

a.2       Reducir el total de Ingresos Corrientes y de Capital en la suma de Pesos Argentinos treinta y cinco millones, quinientos cincuenta y cinco mil, ciento ochenta y nueve, con ochenta y un centavos ($a, 35.550.189,81).

b)      Gastos:

b.1       Ampliar el total de Erogaciones en la suma de Pesos Argentinos cuarenta y un millones seiscientos noventa y tres mil, ciento noventa y ocho, con veintitrés centavos ($a. 41.693.198,23).

b.2       Reducir el total de Erogaciones en la suma de Pesos Argentinos doce millones ciento treinta y siete mil, trescientos cincuenta y siete, con cincuenta y cuatro centavos ($a. 12.137.357,54).

Art. 2 - Aprobar la Planilla detalle de las modificaciones presupuestarias que involucran los importes establecidos en el artículo 1, que pasa a formar parte de la presente Ordenanza.

Art. 3 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, publíquese, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 27 días del mes de agosto de mil novecientos ochenta y cinco.

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