ORDENANZA Nº 127

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 19 DE AGOSTO DE 1985
Visto:

La imposibilidad en el cumplimiento y por tanto la necesidad de modificar la disposición del Artículo 5 de la Ordenanza 114/85 de este Honorable cuerpo, y;

 

 

 

Considerando:

 

 

Que habiendo el Departamento Ejecutivo Municipal solicitado al Colegio de Escribanos de Goya, la designación de dos de sus miembros para la confección de las escrituras dispuestas por la Ordenanza en tratamiento y ello en virtud de lo dispuesto por el artículo 5 de la misma; y habiendo contestado esta entidad negativamente aduciendo razones de cuerpo y unidad y solicitando se extienda la intervención a todos los Escribanos del medio, conforme lista remitida y en ese orden.

 

Que conforme lo  indica la experiencia es imposible acceder al pedido por cuanto en casos como el presente de escrituras múltiples que requieran antecedentes comunes, es conveniente evitar la dispersión de los mismos concentrando la tarea en el menor número de profesionales posible.

Que en tal sentido se considera prudente designar cinco Escribanos de la nómina respectiva.

Por todo ello.

 

 

 

 

 

LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO

 

ORDENA:

 

Art. 1 - Sustituyese el artículo 5 de la Ordenanza 114/85 por el siguiente "Designar a los fines de la confección de las escrituras traslativas de dominio a los Escribanos Públicos: Graciela Cabrera de Colombo; Marta Alicia Reyes; María Teresa López de Calvi; Pablo Juan Sánchez y Gustavo González Ocanto, a elección de los interesados".

Art. 2 - Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente archívese.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los 13 días del mes de agosto de mil novecientos ochenta y cinco.

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