ORDENANZA N° 1.379

PROMULGADA POR RESOCULIÓN DE PRESIDENCIA  Nº 05 DE FECHA 25 DE FEBRERO DE 2008


V I S T O :

 El Expediente N° 1.443/07 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza sobre “REDUCTORES DE VELOCIDAD EN AVENIDA JOSE JACINTO ROLON, la nota presentada por vecinos de la Av. José Jacinto Rolón y la urgente necesidad de seguir mejorando la seguridad vial de nuestra ciudad;


C O N S I D E R A N D O:

 Que la preocupación manifestada por gran cantidadde vecinos de la Av. José Jacinto Rolón, expresa que la velocidad desarrollada por los conductores de vehículos tornan peligrosa la vida cotidiana.
Que la estadística de accidentes viales ha crecido en forma alarmante, y que sobre la Av. Rolón ya han ocurrido numerosos accidentes; lo que hace imprescindible construir reductores de velocidad, llamados “lomos de burro”.
Que debemos brindar a la sociedad una respuesta concreta a los reclamos de mejor seguridad vial.
Que es importante colaborar en políticas de prevención vial, en forma conjunta con la Dirección de Tránsito.
Que los lugares de la avenida donde se ubicarán los reductores de velocidad quedarán a criterio de la Dirección de Tránsito que conoce los puntos críticos de cada arteria de nuestra ciudad. 
Que son pequeñas obras que no implican grandes erogaciones, pero que pueden prevenir innumerables accidentes y hasta incluso la perdida de vidas humanas.
Por ello

 

LA MUNICIPALIDAD DE GOYA REUNIDA EN CONCEJO

 O R D E N A

 

ARTICULO 1°: CONSTRUIR reductores de velocidad, con suaves pendientes en ambos lados, con un ancho no menor de 2 (dos) metros, sobre la Avenida José Jacinto Rolón, quedando a criterio dela Dirección de Tránsito la ubicación de los mismos.

 

ARTICULO 2°: LOS mismos deberán ser de 6 (seis) cm. De alto y 2 (dos) metros de ancho, estar correctamente pintados y señalizados con carteles sobre la acera a una distancia anterior de 50 (cincuenta) metros.

 

ARTICULO 3°: Se imputarán los gastos que demande la construcción al Presupuesto correspondiente a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos.

 

ARTICULO 4°:COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dese al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHIVESE.-

 

Dado en el Salón de Sesiones del H. Concejo Deliberante a los veinticinco días del mes de julio de dos mil siete.-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

                         Dr. GERARDO LUIS URQUIJO                 MARIA ISABEL NIVEYRO DE CASSANI

 

                                       Secretario                                                              Presidente

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