ORDENANZA N° 1.330

PROMULGADA POR EL D.E.M DE FECHA 19 DE OCTUBRE DE 2006


V I S T O:

El expediente N° 1.342/06 del Honorable Concejo Deliberante que contiene el Proyecto de Ordenanza “AUTORIZANDO AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL LA COMPRA DE UN GRUPO ELECTROGENO”. Y; ; ;

                                                                      

 

C O N S I D E R A N D O:

 Que es necesario contar con un equipo electrógeno para paliar los casos en que la interrupción de la energía eléctrica afecta al sistema informático del edificio municipal, con el correspondiente perjuicio en la atención al público.
Que dicho equipo sería de suma utilidad cuando el corte sea prolongado, puesto que pueden quedar personas encerradas en el ascensor en espera del restablecimiento del servicio eléctrico.
Que en épocas de altas temperaturas se convierte en una necesidad imperiosa para dar funcionamiento a artefactos de ventilación y climatización tanto para el personal como para el público en general.
Que además es importante contar con este equipo para auxiliar al área de Bienestar Social del Municipio, para dar continuidad al normal funcionamiento de consultorios, laboratorios, etc. Y para no interrumpir la cadena de frío que deben conservar las vacunas y demás medicamentos.
Que es imprescindible para el Municipio adquirir un grupo electrógeno previendo cualquier tipo de emergencia que surja a consecuencia de un interrupción del suministro de energía eléctrica.
Por todo ello.

 

 

LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE GOYA, REUNIDA EN CONCEJO
O R D E N A:

 

 

ARTICULO 1°:AUTORIZARal Departamento Ejecutivo Municipal la compra de un grupo electrógeno, destinado al Edificio Municipal, incluida el área de Bienestar Social de la Municipalidad de Goya. -

 

ARTICULO 2°:El grupo electrógeno adquirido funcionará en aquellas situaciones en que se produzcan cortes de energía eléctrica en el Edificio Municipal y/o en el área de Bienestar Social.-

 

ARTICULO 3°:La instalación, funcionamiento y mantenimiento del equipo electrógeno estará a cargo exclusivamente de personal idóneo; para conservarlo y lograr un óptimo servicio.-

 

ARTICULO 4º: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento, dése al R.H.C.D., sáquese copia para quien corresponda y oportunamente ARCHÍVESE.-

 

 

Dado en el Salón de Sesiones del H. Concejo Deliberante a los cuatro días del mes octubre de dos mil seis.-

 

                                Dr. GERARDO LUIS URQUIJO                        MARIA ISABEL N.DE CASSANI
                                               Secretario                                                               Presidente 

 

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